H60 Abogados formula propuestas y soluciones profesionales para ofrecer a sus clientes un asesoramiento eficaz para cada caso concreto, dando soluciones a la medida mediante un trabajo personalizado, y garantizando la objetividad, la confidencialidad y el Buen Hacer.
CUÉNTANOS TU CASO
¿No tuviste éxito en una reclamación anterior?
Es posible que en un primer momento no tuviese éxito en su reclamación o esté reclamando contra el promotor o la cooperativa sin resultados tanto por la vía penal como civil o mercantil.
El Tribunal Supremo marca el camino correcto para su reclamación, declarando responsable al banco donde depositó su dinero para la compra de la vivienda.
Contacte con nosotros de forma gratuita y le indicaremos sus posibilidades de éxito.
¿Existía aval para la construcción?
Si existía aval que garantizase las cantidades entregadas para la construcción de la vivienda y ésta no se ha finalizó o no se entregó en plazo usted puede recuperar su dinero más los intereses reclamando a la entidad bancaria avalista.
Si no existía, la ley 57/68 hace responsables a los propios bancos por no exigir dicha garantía y les obliga a la devolución del dinero aportado.
Consúltenos y estudiaremos su caso de manera personalizada y gratuita.
¿Están en concurso de acreedores?
Junto con el promotor o la cooperativa, existen otros agentes igualmente responsables de devolverle su dinero. Tanto si dispone de un aval como si no, las entidades bancarias o aseguradoras son quienes deben hacer frente a la reclamación y por ello, es irrelevante que el promotor o la cooperativa con la que contrato esté en concurso de acreedores.
En cualquier caso, consúltenos sin compromiso, y estaremos encantados de atender su caso y aclararle cualquier duda.